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carta porteActualización y Aplicación de Carta Porte 2024

Que no te embarguen tu mercancía...

De interés para Empresarios, gerentes, coordinadores, supervisores y personas relacionadas con las operaciones de traslado de bienes y mercancías en territorio nacional a través de servicios terrestres.

 

Datos en peligro con Carta Porte

La carta porte, también conocida como conocimiento de embarque o documento de transporte, es un documento legal utilizado en el ámbito del transporte de mercancías por carretera. Su función principal es proporcionar información detallada sobre la carga, su origen, destino y las condiciones de transporte.

En cuanto a la preocupación por el peligro de mostrar datos de operadores en la carta porte, es importante tener en cuenta las regulaciones y políticas de privacidad que se aplican en tu país o región específica. Las leyes de protección de datos pueden variar en diferentes lugares, por lo que es necesario seguir las normativas aplicables.

Al completar una carta porte, es necesario incluir cierta información relacionada con los operadores involucrados en el transporte de la carga, como los nombres de las empresas, sus direcciones etc. Estos datos son esenciales para identificar a los responsables del transporte y para facilitar la comunicación en caso de necesidad.

Sin embargo, es importante tener en cuenta las medidas de seguridad y privacidad al compartir esta información. Algunas recomendaciones incluyen:

  1.  Limitar el acceso: Asegúrate de que solo las personas autorizadas tengan acceso a la información contenida en la carta porte.
  2. Transmisión segura: Si la carta porte se envía electrónicamente, utiliza métodos seguros de transmisión de datos, como encriptación o sistemas de intercambio de información confiables por ejemplo Aspel SAE o Aspel Facture.
  3. Destrucción adecuada: Una vez que la carta porte haya cumplido su propósito y ya no sea necesaria, asegúrate de destruir adecuadamente el documento o almacenarlo de forma segura, según lo exijan las regulaciones locales.
  4. Cumplimiento de las leyes de protección de datos: Familiarízate con las leyes de protección de datos aplicables y asegúrate de cumplir con ellas al manejar y compartir información de operadores.
 
La Carta Porte es un documento fiscal que acredita el traslado de bienes y mercancías en territorio nacional, el cual es obligatorio para todas las personas físicas y morales que realizan dicha actividad, pues garantiza la estancia y/o tenencia legal de las mercancías durante su transportación, así como su control y fiscalización por parte de la autoridad.
 

Factura electrónica >Complemento Carta Porte

Quiénes lo pueden utilizar

Aquellos contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:
 
  • Terrestre
  • Marítima
  • Aérea
  • Ferroviaria
 

Objetivo

Generar un CFDI con complemento Carta Porte para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.
  • Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024:
       Sección 2.7.7. De la expedición de CFDI con complemento Carta Porte
       Subsección 2.7.7.1. Disposiciones generales
       Reglas: 2.7.7.1.1., 2.7.7.1.2., 2.7.7.1.3., 2.7.7.1.4. y 2.7.7.1.5.
       Subsección 2.7.7.2. Sector autotransporte
       Reglas: 2.7.7.2.1., 2.7.7.2.2., 2.7.7.2.3., 2.7.7.2.4., 2.7.7.2.5., 2.7.7.2.6., 2.7.7.2.7., 2.7.7.2.8. y
       2.7.7.2.9.
       Subsección 2.7.7.3. Transporte marítimo
       Reglas: 2.7.7.3.1., 2.7.7.3.2., 2.7.7.3.3. y 2.7.7.3.4.
       Transitorio Séptimo.
  • Reglas Generales de Comercio Exterior: 1.9.11., 2.4.2., 2.4.3., 2.4.12., 3.1.15., 3.1.32., 3.1.33. y 4.6.8.

 

Más Información:

  • Es importante mencionar que, a partir del 1 de abril de 2024, únicamente será válida la emisión del CFDI versión 4.0 con la versión 3.0 del complemento Carta Porte.
  • Datos relevantes:
  • Se incorporan ajustes y nuevas validaciones adicionales a realizar por el Proveedor de certificación para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI.
  • Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y/o mercancías en territorio nacional.
  • El complemento Carta Porte en su versión 3.0, se debe estar utilizando desde el 25 de noviembre de 2023.
  • Del 1 de enero de 2023 al 31 de marzo de 2024, se define como periodo de convivencia entre la versión 2.0 y 3.0 del complemento Carta Porte.
  • Para el registro de los datos solicitados en el complemento Carta Porte, se puede consultar el instructivo de llenado correspondiente de acuerdo al medio de transporte a utilizar.
  • Solo las autoridades federales están facultadas para realizar revisiones en las que se requiera exhibir el CFDI con complemento Carta Porte.
  • En operaciones de comercio exterior, la factura con complemento Carta Porte es exigible a partir del 1 de enero de 2024.

 

 

 

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